Canaleta de recogida de condensaciones.
La antigua norma NBE - CT - 79 establecía que las carpinterías exteriores de los edificios, debían disponer en su parte interior, de una canaleta de recogida de condensaciones y evaporación, situada en la parte inferior del marco, que permitiera recoger el agua condensada sobre la cara interior de la carpintería y los cristales.Dicha canaleta, provista de topes en sus extremos, debía comunicarse con el exterior a través de orificios practicados en el marco, de forma que el agua recogida se vertiera fuera.
La norma, de forma implícita, reconocía que en determinadas circunstancias se podrían producir las indeseables condensaciones sobre la carpintería o el vidrio debidas a que la ventana constituye un puente térmico en sí misma, con respecto al resto del cerramiento de fachada.
Canaleta de recogida de condensaciones. |
DESCRIPCIÓN.
La foto muestra la chapuza efectuada en una canaleta de evaporación corta, que carecía de los topes laterales y vertía agua al alféizar de la ventana.
JUICIO TÉCNICO.
Las carpinterías actuales, con rotura de puente térmico, pretenden ser mucho más estancas que las antiguas ventanas de perfilería más sencilla. Muchas de ellas han prescindido de la canaleta de evaporación por entender que aislan mucho mejor y que no condensan el vapor de agua sobre ellas.
Nada más lejos de la realidad. Las carpinterías actuales son mucho más estancas al agua y al viento que las anteriores por lo que no permiten ventilar las habitaciones a través de ellas aun estando cerradas, como hacían las antiguas. De esta forma se favorece la condensación interior lo que hace necesario la existencia de una canaleta de evaporación igual que antes.
NOTA FINAL.
Lo descrito en CTE relativo a ventilación, merece un capítulo aparte por ser totalmente inoperante en vivienda unifamiliar y de dudosa eficacia en vivienda colectiva.
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